No es novedoso encontrar en las noticias, o en lo cotidiano, testimonios que muy sensatamente nos mueven a desconfiar de los cuerpos policiales. Lo anterior, no obstante, no es motivo para divulgar la siguiente información falsa: La policía no puede entrar a los campus universitarios, pues ello viola la autonomía universitaria.
Lo que presentamos a continuación no es en forma alguna una apología de los cuerpos policiales sino una exposición que busca refutar la falsa consigna de que la policía no puede entrar a la universidad, como se presume en esta imagen tomada de las redes sociales, por la sencilla razón de tratarse de información falsa:
Los alcances actuales de la Autonomía Universitaria atienden a una historia causal que se remonta a las Leyes Orgánicas de 1929, 1933, 1944, actualmente se refiere a tres aspectos que describiremos sucintamente:
1) Autonomía académica: La universidad puede nombrar y remover a su personal académico, seleccionar a sus alumnos y elaborar sus planes de estudios, así como expedir certificados de estudios (a diferencia del resto de las instituciones educativas nacionales, que dependen de la SEP).
2) Gobierno interno: La universidad puede nombrar y remover funcionarios, personal administrativo y establecer las normas que rigen a éstos.
3) Autonomía financiera: La universidad dispone libremente de su patrimonio y puede distribuirlo internamente como mejor lo considere.
La idea de extraterritorialidad, concepto jurídico que se ajustaría a la idea errónea de que los cuerpos policiales no pueden entrar a la Universidad, excede por mucho las atribuciones de la autonomía universitaria, se trata de un mito contemporáneo muy distendido debido fundamentalmente a la falta de información.
Recordando a Barros Sierra*:
“la autonomía no equivale a una sustracción de las Leyes del orden común ni a impunidad contra los actos delictuosos cometidos por universitarios dentro o fuera de sus recintos”
Así, “Todo aquel que sea policía y entre en territorio universitario estará violando la autonomía” es un juicio falso.
No se entienda que pretendo sostener como verdadero el juicio contrario: “Ningún policía que entre en territorio universitario estará violando la autonomía.”, pues -en efecto- es posible que un policía viole la autonomía.
¿Qué tendría que hacer un policía -o cualquier otra persona- para violar la autonomía universitaria? Simple: imponernos planes de estudios, violentar nuestros mecanismos de gobierno interno, o alterar nuestra administración financiera, regresando a Barros Sierra:
“existe violación de la autonomía cuando el Estado coarte la independencia académica, o impida que ésta se rija internamente, (...) también hay violación cuando un partido político o una corporación privada interviene en la Universidad alterándola y dificultando el cumplimiento de sus fines.”
Así, todo aquel que cumpla con alguno de los tres requisitos precedentes, o una combinación de ellos, estará violando la autonomía universitaria, trate o no de un policía, e ingrese a territorio universitario o no.
Cito finalmente el comunicado del Consejo Universitario del 26 de Octubre de 1972:
“Autonomía no significa fuero ni extraterritorialidad. Autonomía es el derecho que otorga la Ley a la Universidad para designar a sus autoridades, establecer sus planes y programas de trabajo, distribuir sus recursos económicos y organizarse sobre la base del respeto a la libertad de cátedra, de Investigación y de difusión de la cultura.”
*pueden cotejarse las citas en este artículo de Jorge Pinto, cortesía del Instituto de Investigaciones Jurídicas.